La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió una duda que afectaba a miles de personas investigadas: ¿es posible acceder a una carpeta de investigación aunque aún no tengas calidad de imputado? La respuesta ahora es clara: , si ya hubo un acto de molestia.

🔎 ¿Qué pasó?
Una persona fue buscada por la policía en su domicilio debido a una carpeta abierta en su contra. No estaba en casa, así que los agentes le dejaron recado a su vecina. Cuando esa persona quiso acceder a la carpeta, el fiscal se lo negó, argumentando que no había sido citada ni detenida, y por tanto no tenía derecho a verla.

🧑‍⚖️ Pero la SCJN dijo otra cosa. Emitió la jurisprudencia 1a./J. 104/2025 (11a.), en la que dejó claro que:

Buscar a una persona en su domicilio personal o laboral por una carpeta abierta en su contra es un acto de molestia, y eso le da derecho a acceder de manera inmediata e irrestricta a los registros de dicha investigación”.

📘 ¿Qué implica esto?

  • Si te buscan en tu casa, oficina o con tus vecinos por una investigación penal, ya se vulnera tu privacidad e intimidad.

  • Desde ese momento, la autoridad está obligada a darte acceso a la carpeta. No importa si aún no eres formalmente imputado.

  • La Corte reconoce que estas acciones generan zozobra e inseguridad jurídica, y que eso afecta tu salud psíquica, tu dignidad y tu derecho a defenderte oportunamente.

⚖️ Un paso importante para la defensa penal
Esta jurisprudencia fortalece los derechos de las personas investigadas. Se acabó el criterio restrictivo que impedía ver la carpeta hasta ser citado. Ahora basta con que la autoridad te haya molestado, aunque sea indirectamente, para que puedas conocer los hechos y preparar tu estrategia legal.

📅 Esta tesis se volvió obligatoria a partir del lunes 23 de junio de 2025, así que ya puede ser invocada en cualquier juzgado del país.