Actualmente para las personas que se encuentran bajo el Régimen de 1997 o Generación de las Afore su cuenta individual hoy en día representa su fondo más preciado lo cual les dará el sustento y el bienestar que necesitaran para llevar un ritmo de vida digna y plena. Pero ¿qué pasa? que ahora en estos tiempos en donde para algunas personas en alguna etapa de su vida o edad les es imposible colocaras en alguna empresa para cumplir con el requisito del seguro social de cumplir con las semanas cotizadas que para este año son 825 semanas. Cabe mencionar que a partir del 1ro de enero del 2021 ya se había modificado la ley del seguro social la cual se redujo las semanas cotizadas de 1250 semanas a 750 semanas las cuales irán aumentando a 25 por cada año transcurrido hasta llegar a las 1000 semanas al año 2031 tal y como se muestra a continuación.
A comparación de tiempos pasados cuando el Ex Presidente Ernesto Zedillo Ponce de León había publicado la ley de 1997 y consigo también creó la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) y las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) la cual les quito el derecho a los derechohabientes la oportunidad de pensionarse con el 100% de su salario, las semanas cotizadas que se debían de reunir como requisito para poder tener derecho a la pensión equivalían a 24 años de trabajo, o sea 1250 semanas cotizadas, de que la pensión fuese calculada en función del salario y también se eliminaron las pensiones vitalicias, o sea de por vida. ¿Qué ocasiono esto? que las pensiones únicamente se basaran en el ahorro que haya acumulado la persona durante toda su vida laboral, para esto hoy en día debemos de cuidar de estar en una buena AFORE en donde nos ofrezcan mejores rendimientos y un buen servicio. Pero pasa que algunas personas pasan por complicaciones y dificultades en la vida que los obliga a realizar retiros a su cuenta individual de AFORE por motivo de desempleo o matrimonio que en ambos casos se puede hacer siempre y cuando se esté desempleado.
Pero las consecuencias por realizar este movimiento son graves, ya que repercutirá directamente en tus semanas cotizadas y también en el rendimiento real de tu cuenta ya que en términos del IMSS estas disponiendo de los recursos de tu AFORE que representa tu ahorro para tu retiro. Sin embargo ese no es el principal problema, cabe mencionar que dicho movimiento de retiro por desempleo o matrimonio lo pueden realizar los mismos derechohabientes en su institución bancaria o de Afore correspondiente con la debida asesoría y orientación. Hoy en día existen terceros que están interviniendo en estos trámites los cuales están incitando a las personas a realizar no solo uno, sino dos o tres retiros por desempleo y por cantidades extremadamente altas los cuales además de cobrarles honorarios por dichos movimientos les cobran un porcentaje de comisión por el monto retirado sin mencionarles las consecuencias de realizar tales retiros. Como se mencionó anteriormente el ahorro del AFORE de cada uno representa su patrimonio y sobre todo su sustento principal que se tendrá a la hora de llegar a los 60 años hasta los 64 por cesantía en edad avanzada y 65 por vejez. Por lo tanto si la persona se ve en la necesidad de hacer esos retiros hay que recomendarles ampliamente que ese dinero se devuelva a su respectiva cuenta de AFORE en un futuro para que no se pierda ese ahorro, las cotizaciones y el rendimiento real de la cuenta.
A continuación se mostraran las diferentes Instituciones de AFORE con el indicador de rendimiento que ofrece cada una según lo computado por la CONSAR.
Conclusiones: hoy en día procurar una Afore donde nos ofrezcan un mayor indicador de rendimiento, un buen servicio y asesoría y sobre todo que maneje correctamente nuestros recursos para nuestro ahorro para va vejez es crucial, ya que sera ese fondo el que estaremos recibiendo al momento de optar por el retiro y ademas no confiar en la intervención de terceras personas que no sean nuestras instituciones bancarias o de AFORE. No es malo hacer retiros por desempleo o matrimonio ya que en algún momento de nuestra vida nos vemos en la necesidad de disponer de nuestros recursos de AFORE por alguna urgencia o dificultades de posicionarse en algún empleo, por la imposibilidad de desempeñar un trabajo entre otras cosas pero hay que tener siempre en cuenta la necesidad de devolver esos recursos para que no disminuya el rendimiento de la cuenta, las semanas cotizadas y no perder esos conceptos a la hora de optar por el retiro.
Fuentes Bibliografías
Del Sistema de Ahorro Para el Retiro, C. N. (s. f.-b). SIEFORE básica 60-64. gob.mx. https://www.gob.mx/consar/articulos/siefore-basica-60-64
Del Sistema de Ahorro Para el Retiro, C. N. (s. f.-a). Pensión por Régimen 97. gob.mx. https://www.gob.mx/consar/articulos/por-regimen-de-97